Certificado Único de Discapacidad: ¿Qué es, qué prestaciones contempla y cómo podemos acompañar a las personas durante su tramitación?
¿Certificado Único de Discapacidad?
El Certificado Único de Discapacidad es un documento público válido en todo el país que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22431 (Sistema Integral de Protección de Personas con Discapacidad) y 24901 (Sistema de Prestaciones Básicas en Discapacidad). El trámite es voluntario y gratuito. A través de una evaluación interdisciplinaria de la Junta Evaluadora cercana a tu localidad se determina si corresponde la emisión del certificado. La ley vigente establece una cobertura en salud al 100% en prestaciones de rehabilitación en relación con lo que fue certificado como discapacidad, asignaciones familiares (ayudas económicas), Símbolo Internacional de acceso (libre estacionamiento), transporte terrestre público gratuito y otros beneficios como exención de pago en peajes, entrada a sitios culturales y algunos impuestos (municipales, provinciales, etc.). Además, tanto el CUD como el Símbolo Internacional de acceso ya se encuentran disponibles en formato digital en la aplicación Mi Argentina. A partir del 15 de marzo de 2023 los certificados se expedirán sin vencimiento, teniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan, esto significa que cada cierto período de tiempo se podría requerir una nueva evaluación ante la Junta. El portal de tramitación del CUD tiene un sencillo cuestionario para saber qué documentación se necesita reunir y cuál es la Junta de evaluación más cercana.
¿Cuáles son las prestaciones que se pueden requerir por discapacidad?
Las personas con discapacidad tienen derecho a recibir prestaciones para garantizar su bienestar y su inclusión. Las obras sociales y prepagas deben cubrir esas prestaciones y las mismas pueden recibirse a domicilio.
- Prestaciones preventivas: las que deben darse a la madre y al niño desde la concepción para su mejor desarrollo físico-psíquico y social. Incluye la estimulación y otros tratamientos, así como el apoyo psicológico del grupo familiar.
- Prestaciones de rehabilitación: las que buscan la adquisición o recuperación de aptitudes para que una persona con discapacidad pueda lograr su integración social. Incluye la rehabilitación de capacidades motoras, sensoriales, mentales y viscerales, sean de origen congénito o adquirido.
- Prestaciones terapéuticas educativas: las que buscan la restauración de conductas desajustadas, autonomía e independencia, por medio de técnicas terapéuticas, pedagógicas y recreativas.
- Prestaciones educativas: están incluidas la escolaridad, apoyos para ir a la escuela común, la capacitación laboral, talleres de formación laboral y otros.
- Prestaciones asistenciales: las que cubren las necesidades básicas de la persona con discapacidad, como vivienda, alimentación, atención especializada.
Cupo laboral para personas con discapacidad
La ley de cupos (Ley 22.431) busca garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad, facilitar su inclusión y la igualdad de oportunidades. Es por ello, que el Estado debe tener empleadas al menos a un 4% de personas con discapacidad en las siguientes reparticiones: Poder Ejecutivo Nacional, Poder Legislativo Nacional, Poder Judicial de la Nación, empresas privadas concesionarias de servicios públicos y organismos y empresas estatales. Las modalidades de empleo pueden ser planta efectiva, contrato y servicios tercerizados. Además, existen diversas organizaciones que promueven la inclusión sociolaboral en Argentina y Latinoamérica. Una de ellas es el portal Inclúyeme, el cual tiene ofertas laborales y de capacitación para personas en situación de discapacidad.
Cómo podemos acompañar a las personas que deciden tramitar el CUD
Las personas que deciden emprender el camino de tramitación del CUD se encuentran ante un escenario psicoemocional, económico y social desfavorable. En lo personal, la persona o familiar se enfrenta a la primera encrucijada ¿Me discriminarán o discriminarán a la persona bajo mi cuidado? ¿Esto afectará a futuro las posibilidades de acceso al trabajo? ¿Soy una persona lo suficiente discapacitada para la sociedad como para pedir prestaciones, apoyos y ajustes razonables? Esta primera etapa es dolorosa y se caracteriza por una gran confusión, desinformación y miedos: los propios y los ajenos. El modelo médico de discapacidad, el cual trasladaba la carga de discapacidad al individuo, lo estigmatiza y refuerza las deficiencias, lamentablemente hoy en día se encuentra vigente en algunos sectores de la sociedad. Este modelo hace eco y mella en las inseguridades de la persona o familiar que contempla realizar el trámite, y muchas veces en el profesional consultado. Por un lado, poco a poco debemos dejar de lado este modelo patologizador y comprender que la persona no es discapacitada en sí misma, sino que se encuentra en una situación de discapacidad por la falta de un diseño universal y de adecuaciones para poder hacer pleno uso y ejercer sus derechos como miembro de la sociedad. Debemos ser asertivos a la hora de informar la situación de discapacidad y enmarcarla en el modelo social de discapacidad, comunicar que realizar el trámite es un derecho del cual puede hacerse uso y cuáles son los beneficios del mismo, además de tener una escucha activa y reflexiva para asesorar sobre los mitos de tramitalo. Cabe resaltar que existe una falsa creencia en algunos profesionales que “etiquetar” a las personas en un diagnóstico es negativo. El diagnóstico es informativo y es un derecho. Esta subjetividad resulta contraproducente ya que se le niega un marco teórico a la persona para poder entenderse, identificarse, comunicar a su entorno sus necesidades y conseguir los apoyos adecuados para su condición y/o patología y a lo largo del ciclo vital.
La segunda etapa es comenzar a recopilar informes y estudios, los cuales no pueden tener una antigüedad mayor a los 6 meses, y luego pedir turno a la Junta. Este período puede resultar angustiante por la burocracia que conlleva y por la dilación de los tiempos. Sabemos que las Juntas de Evaluación están conformadas por equipos interdisciplinarios de salud que en muchos casos pueden no resultar idóneos para abordar y dimensionar los desafíos que presentan ciertas patologías o condiciones, especialmente en situaciones de discapacidad dinámica, donde la cantidad y tipo de apoyos requeridos por la persona pueden variar significativamente en cortos períodos de tiempo (e.g. autismo, TDAH, autoinmunes, etc.). Es por ello, que acompañar los formularios con informes exhaustivos y con información académica actualizada puede hacer la diferencia entre una aceptación o rechazo.
La tercera etapa deviene en el rechazo o aceptación y emisión del certificado. En el primer caso, puede realizarse un pedido de reconsideración y anexar nueva documentación. En el segundo caso, se debe poder acompañar esta nueva etapa con recomendaciones de prestaciones, profesionales y diversas actividades que garanticen la plena inclusión del individuo.
Aunque existen múltiples leyes nacionales y acuerdos internacionales a los que adhiere Argentina en materia de derechos de las personas con discapacidad, no siempre los mismos son respetados. Es de vital importancia poder acompañar a las personas empática y pragmáticamente en el trayecto de pedir, reivindicar y hacer cumplir sus derechos.
Autora: María Inés García Betoño